Eduardo Murillo
El Senado no ha incurrido en omisión legislativa al no haber concluido el nombramiento de los tres comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que faltan a este organismo autónomo, plantea la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Loretta Ortiz Ahlf.
En un proyecto de sentencia explica que el proceso se inició, pero los legisladores no han podido llegar a acuerdos. Hay cuestiones meramente políticas que no pueden ser revisables en sede judicial, advierte en su propuesta, que se votará el próximo jueves.
El proyecto se basa en la jurisprudencia de la propia SCJN donde se ha establecido que la omisión legislativa se define precisamente como la falta de acciones para aprobar una ley, lo cual no aplica necesariamente en el caso de los nombramientos pendientes.
Desde abril pasado, el INAI se quedó con sólo cuatro de sus siete comisionados, lo cual le impide contar con quorum legal para tomar decisiones por mayoría calificada. Aun así, gracias a sentencias judiciales, ha podido sesionar, aunque sólo para resolver asuntos donde había resoluciones impugnadas vía amparo.
En relación con la doctrina sobre las omisiones, ha sido criterio reiterado por este tribunal pleno que, desde un punto de vista conceptual, la simple inactividad no equivale a una omisión, señala en el proyecto. Explica que en el caso de los nombramientos pendientes en ese instituto, el Senado y el Ejecutivo federal han tomado acciones para llenar las vacantes, pero debido a la pluralidad y diversidad de puntos de vista políticos, ninguno ha prosperado.
Bajo dicha lógica, en este caso no podría acreditarse una omisión absoluta en competencias de ejercicio obligatorio a cargo del órgano legislativo, por el simple hecho de que haya una integración incompleta del INAI, pues no pasa desapercibido que se han llevado a cabo acciones tendientes a nombrar a las personas comisionadas, y que incluso, en un caso no se ha podido materializar la completa integración por falta de consenso político sobre cuál es la persona idónea para ocupar el cargo, plantea la ministra.
Con base en estos argumentos jurídicos, el proyecto sugiere desechar la controversia del INAI respecto a las dos vacantes que existen desde mayo de 2022, por la terminación de los periodos legales de los ex comisionados Rosendoevgueni Monterrey y Óscar Guerra. En el caso de la tercera vacante, que dejó Javier Acuña, Ortiz expone que terminó su periodo en abril pasado, por lo que el proceso para ocupar este lugar apenas empezó, sigue en curso y no puede afirmarse que se haya registrado una omisión legislativa.
Según el INAI, la falta de nombramientos de sus comisionados ha provocado que se acumulen más de 5 mil 200 medios de impugnación pendientes, que su pleno no ha podido resolver.