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SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

Roberto Garduño y Enrique Méndez

Castigará el PRD a cuatro diputados que apoyaron el dictamen

Moreno Cárdenas otorga su respaldo a la creación de la Guardia Nacional

Organizaciones civiles exigen dar marcha atrás a la nueva corporación militarizada

Debatirá el Congreso leyes sobre la Guardia Nacional, el uso de la fuerza y registro de detenciones

El Congreso de la Unión deberá discutir tres nuevas leyes este año con la finalidad de regular la reforma constitucional por la que se crea la Guardia Nacional y atender las recomendaciones en materia de derechos humanos y del debido proceso de los detenidos por ese cuerpo policiaco-militar.

A propuesta de la Secretaría de Gobernación y de la Consejería Jurídica de la Presidencia, la Cámara de Diputados aprobó el miércoles ampliar los plazos para elaborar la legislación secundaria.

En el documento que entregó el lunes la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, a la Junta de Coordinación Política, se propuso la siguiente redacción: “Dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor de este decreto, el Congreso de la Unión expedirá la ley de la Guardia Nacional.

Asimismo, dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor de este decreto, el Congreso de la Unión expedirá las leyes que reglamenten el uso legítimo de la fuerza y el registro nacional de detenciones.

La redacción original del dictamen que aprobó la Comisión de Puntos Constitucionales el 20 de diciembre, preveía que la Guardia Nacional se constituía, al entrar en vigor el decreto, con los elementos de las policías Federal, Naval y Federal, y que el Congreso tendría que emitir la ley reglamentaria en 60 días, y en 90 las normas sobre el uso legítimo de la fuerza y el registro nacional de detenciones.

En el texto añadido, con el acuerdo de los grupos que votaron la reforma, se decidió separar la obligación del Congreso de aprobar estas dos últimas leyes, debido a que serán aplicables más allá de la Guardia Nacional y su actuación.

También se anticipó que la ley sobre el uso legítimo de la fuerza será aplicable a todas las corporaciones federales y servirá de referente para la expedición de legislaciones estatales en la materia; mientras que la ley del registro nacional de detenciones será aplicable en todo el territorio nacional.

En la reforma al artículo 73 de la Constitución que se aprobó el miércoles se incluyó, entre las facultades del Congreso de la Unión, la de expedir la ley de la Guardia Nacional con la finalidad de sujetar este cuerpo al principio de legalidad.

Esta legislación, explicó la Comisión de Puntos Constitucionales en su agregado al dictamen, dispondrá la organización, disciplina, profesionalización y operación del nuevo cuerpo policial.

Aclaró que prevaleció la redacción original del dictamen con el propóstito de que, en el mismo artículo 73, el Congreso tenga la atribución de legislar sobre el uso legítimo de la fuerza, que se determina con carácter general con el ánimo de homologar en los tres órdenes de gobierno la reglamentación de una facultad que implica riesgos para los derechos humanos.

Además, se determinó añadir a las facultades del Congreso la de expedir la ley del registro nacional de detenciones con la idea de que un solo instrumento concentre la información de todas las detenciones que se realicen en el país, sean éstas de carácter administrativo o penal.

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Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

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