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SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

Alonso Urrutia

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) consideró que el encargado de despacho de la Procuraduría General de la República (PGR), Alberto Elías Beltrán, violó el artículo 134 constitucional al actuar en forma parcial contra el precandidato presidencial de Por México al Frente, Ricardo Anaya, al difundir comunicados y videos que lo involucran en presuntas conductas ilícitas. Ordenó a la PGR retirarlos de sus portales y redes sociales para no continuar con la transgresión.

Aun cuando el proyecto presentado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral desechaba la solicitud del PAN por tratarse de hechos consumados, se determinó que la violación continúa en la medida en que ese material está disponible en sitios oficiales.

El consejero Benito Nacif dijo que el artículo 134 constitucional obliga al desempeño imparcial del cargo y de los recursos públicos que no se cumplen en este caso.

Consideró que con la difusión del video de las cámaras de seguridad de la PGR y los comunicados se viola el artículo 134 constitucional, porque la dependencia encargada de perseguir el uso de recursos de procedencia ilícita proyecta una imagen negativa del candidato. En los requerimientos que se hicieron, la PGR no pudo acreditar la necesidad de mencionarlo, por lo cual mantenerlo en los sitios oficiales es una afectación continua.

La consejera Pamela San Martin aseveró que en el caso de la PGR estamos ante la clara presencia de incumplimiento a una obligación constitucional. No es aceptable que en una contienda electoral una institución del Estado mexicano afecte el principio de imparcialidad en detrimento de un partido o candidato. El INE no va permitir conductas que violenten la equidad de la contienda.

Explicó que se trata de una conducta atípica, porque la PGR reconoció que no es común la difusión de videos e información no relacionados con funcionarios de la dependencia. Normalmente la violación del artículo 134 constitucional es para favorecer a un candidato, pero en este caso la transgresión que involucra al encargado de despacho de la PGR es en detrimento de un opositor.

La presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Adriana Favela, sólo dijo que los comunicados y el video afectan a un candidato, pero se distanció de aprobar otra pretensión del PAN: la tutela preventiva para advertir a la PGR que se abstenga de realizar estas conductas a futuro. Además, exculpó al secretario de Gobernación, Alfonso Navarrete Prida, contra quien también estaba dirigida la queja, pues no es responsable de la difusión de videos ni comunicados.

En tanto, la comisión dio otro revés al PRI al prohibir la difusión de un promocional programado en radio y televisión a partir de mañana, denominado Didáctico, donde sin mencionar a Anaya se alude al candidado de PAN-PRD-MC por lavado de dinero, gastar más de lo que gana y no acreditar sus manejos.

Determinó que en el periodo intercampañas sólo es posible difundir mensajes genéricos pero sin aludir a candidato alguno en favor o en contra.

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Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

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NUMERO 18 JUN-JUL 2023

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Jose María Carmona

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