EC499DBB 6771 4ED4 9F3A 91E5ED8184F0

SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

Víctor Ballinas y Andrea Becerril

La nueva Ley de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares dota al Estado mexicano de instrumentos para buscar y localizar a las miles de víctimas de ese delito que existen en el país, resarcir el daño a éstas y sus familiares, así como sancionar con severidad a los responsables de ejecutar y ordenar ese ilícito. Considera además que este delito ‘‘es imprescriptible y continuo’’.

Cada día 10 personas son víctimas de desaparición forzada en el país, se señala en el dictamen de esa ley, que crea el Sistema Nacional de Búsqueda, una Comisión Nacional de Búsqueda –adscrita a la Secretaría de Gobernación (SG)– el Registro Nacional de Personas Desaparecidas o no Localizadas, que de acuerdo con el último reporte del gobierno federal suman más de 29 mil.

Asimismo, la ley establece la creación del Registro Nacional de Fosas Clandestinas que localicen las procuradurías estatales y la Procuraduría General de la República (PGR) y un Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas.

De igual forma, se establece la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los distintos órganos de gobierno para buscar a las Personas Desaparecidas y a las No Localizadas, esclarecer los hechos, así como investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de Personas y las desapariciones cometidas por particulares.

En la ley se define el concepto de Persona no Localizada como aquella ‘‘cuya ubicación es desconocida y su no localización obedece, de acuerdo con la información con que cuenta la autoridad, a causas distintas de la comisión de algún delito’’.

En contraparte, define a la Persona Desparecida como aquella ‘‘cuya ubicación es desconocida y su desaparición obedece, de acuerdo con la información con que cuenta la autoridad, a la probable comisión de algún delito’’.

También se establecen los tipos penales: ‘‘Comete el delito de desaparición forzada de personas el servidor público o el particular que, con la autorización, el apoyo o la aquiescencia de un servidor público, prive de la libertad en cualquier forma a una persona, seguida de la abstención o negativa a reconocer dicha privación de la libertad o a proporcionar la información sobre la misma o su suerte, destino o paradero’’.

Desaparición Cometida por Particulares: ‘‘A quien prive de la libertad a una persona con el fin de desaparecerla se le impondrá pena de 25 a 50 años de prisión y de 4 mil a 8 mil días de multa.

Para efectos del presente artículo, se entenderá que hubo fin de desaparecer a una persona cuando el sujeto activo hubiere realizado cualquier acción tendente a: ocultar a la víctima o su suerte o paradero u ocultar, destruir o desintegrar, parcial o totalmente, el cadáver de la víctima o sus restos.

Asimismo, detalla que la sanción para quien comete el delito de desaparición forzada de personas será de 40 a 60 años, y de 10 mil a 20 mil días multa.

Sin embargo, por agravantes, la pena de cárcel para quien comete ese delito puede llegar hasta 90 años, porque se aumenta 30 años más de condena si la víctima fallece, si es mujer, si es menor de edad, si se trata de una embarazada, si es indígena, migrante, defensor o defensora de derechos humanos o si pertenece a un grupo vulnerable.

Las penas de cárcel también pueden disminuir: en caso de que los responsables colaboren con las autoridades en la localización con vida de los desaparecidos, la pena se reduce en 50 por ciento, es decir, de 40 años pasa a 20. PAN, PRD, y PT exigieron que se retirara del dictamen el concepto Persona no Localizada.

e-max.it: your social media marketing partner

images            frecuencialaboral

 

Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

150D05C9 0662 4669 8FEE 49A9923B1F08

 

NUMERO 18 JUN-JUL 2023

JUNIO JULIO2023jpg

 

 

Jose María Carmona

  • EL PAÍS QUE SE NECESITA

    chema José María Carmona

    Se necesita un nuevo país con todas sus implicaciones económicas, políticas y sociales que hoy no están presentes en el proceso electoral como propuesta por parte de

    Read More
  • ECONOMÍA DE MERCADO, DEMOCRACIA Y POPULISMO

    chema José María Carmona

    Cuando cayó el muro de Berlín, Francis Fukuyama declaró el “fin de la historia”, que significaba el triunfo del capitalismo global frente al “socialismo”, es decir el imperio de

    Read More
  • PARÁSITOS DE ESTADO

    chema José María Carmona

    A unos días de la jornada electoral y casi 90 días de campaña electoral que ha resultado muy miserable en la oferta para resolver los problemas del

    Read More
  • ¿PORQUÉ NO CRECE LA ECONOMÍA MUNDIAL?

    chema José María Carmona

    De acuerdo a las proyecciones del Fondo Monetario Internacional el crecimiento de la economía mundial estará entre 1.8 a 2.4 por ciento con la perspectiva de una

    Read More
  • 1

cesmich

Carmona y Asociados Consultores

Captura de pantalla 2021 09 21 12.57.44

 

Contacto:

 geracarmona@gmail.com

 

descarga

Noticiero Respuesta

Blog de Jose Maria Carmona

chema

 

 

Visitantes

41443177
Hoy
Ayer
Esta semana
Semana pasada
Este mes
Mes pasado
Todo
55954
52252
198838
37238082
770426
1226977
41443177
Tu IP: 3.144.43.78
2024-07-17 17:31

Colaboradores Invitados..

  • 1

Economía..

  • 1

Informe Financiero Semanal..

  • 1