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SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

Ángeles Cruz y Susana González

No se han firmado los contratos para que los centros de salud brinden servicios y les paguen por ellos

La reforma a la Ley General de Salud por la cual se creó el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) incluyó una modificación a la Ley de los Institutos Nacionales de Salud con el fin de que, por medio de contratos, otorguen los servicios médicos de alta especialidad y obtengan el pago de los mismos. Esta fue la alternativa que dieron los legisladores para garantizar la atención médica y fármacos gratuitos a la población del país, como lo comprometió el gobierno federal.

Sin embargo, debido a que no se han firmado los contratos, los pacientes deben seguir pagando por los servicios que reciben para el tratamiento de enfermedades complejas no incluidas en la cobertura del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos del Seguro Popular. Eso y el incremento de cuotas es lo que han enfrentado pacientes en algunos institutos y hospitales.

Además, se supone que el mismo esquema de contratos aplicará en hospitales como el General de México y el resto de nosocomios federales que otorgan servicios de tercer nivel de atención (especialidad).

Ayer, el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, puntualizó que no existe autorización alguna de incrementos de cuota en los hospitales de alta especialidad e institutos nacionales de salud, por lo que cualquier aumento debe ser denunciado.

Insistió en que como parte del Insabi, los servicios de primer y segundo nivel de atención son gratuitos en todo el país. Dijo que de manera progresiva, el nuevo organismo coordinará los servicios estatales de salud en hospitales generales. Los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de los servicios de seguridad de Pemex y las fuerzas armadas se seguirán atendiendo como siempre.

En entrevista luego de participar en el Seminario sobrepeso, obesidad y diabetes: efectos sobre la competitividad del país, en la Secretaría de Economía, el funcionario insistió en que si la población identifica incrementos en las cuotas, debe denunciarlo, porque no sehan autorizado.

Por otra parte, la reforma a la Ley General de Salud que eliminó el Seguro Popular y su estructura financiera establece que las personas que hasta el primero de enero tenían una póliza de afiliación a ese esquema, continuarán en pleno goce de los derechos que les corresponden.

Esto significa que además de los servicios médicos y medicinas del primer y segundo nivel de atención, mantienen la gratuidad en 66 intervenciones para tratamientos de enfermedades como VIH/sida; tumores malignos en personas menores de 18 años de edad; cáncer de mama, cérvico uterino, de ovario y próstata, así como infartos al miocardio en personas menores de 60 años de edad, entre otras.

El mismo decreto se refiere a la reforma del artículo 58 de los institutos nacionales de salud. Puntualiza que los recursos obtenidos por éstos, por la prestación de servicios a través de contratos, no se tomarán en cuenta para determinar los presupuestos que les correspondan y tampoco se les considerará ingresos excedentes.

Al respecto, López-Gatell señaló que eventualmente se prevé que los hospitales de alta especialidad y los institutos nacionales de salud también dejen de cobrar cuotas. Es parte del plan de transformación del financiamiento de la salud en México, aunque no ocurrirá en 2020, admitió.

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Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

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NUMERO 18 JUN-JUL 2023

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Jose María Carmona

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