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SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

 

martilloEduardo Murillo

Torres con cables de alta tensión, de más de 40 años de antigüedad, en Santa Cruz Meyehualco.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó 22 de los 249 puntos del acuerdo sobre la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional –donde se plantea la política energética del actual gobierno–, que consideró invadían facultades de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

El acuerdo contra el que se amparó la Cofece fue elaborado por la Secretaría de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) y presentado el 15 de mayo de 2020. En ese documento se plantea dar una ventaja a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) frente a otras empresas del mercado.

Con el voto en contra de Yasmín Esquivel Mossa, los ministros de la segunda sala: Javier Laynez, José Fernando Franco y Alberto Pérez Dayán aprobaron el proyecto presentado por Luis María Aguilar Morales, en el cual se afirma que el acuerdo obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a la Cofece, toda vez que anula supuestos que deben darse para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro de energía eléctrica, particularmente en lo que concierne a las energías limpias intermitentes.

De los 22 puntos declarados inconstitucionales, 18 se encuentran en el tema 5, Planeación, del capítulo IV, sobre las dimensiones de la política pública del sector eléctrico, que norman las condiciones para que las empresas privadas que generan energía eólica o solar puedan conectarse a la red de la CFE.

Sobre el punto 5.4 del acuerdo, el fallo advierte que otorga una ventaja exclusiva e indebida en favor de la CFE para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia en el desarrollo del sistema eléctrico nacional.

La norma impugnada fue publicada el 15 de mayo del año pasado y busca ordenar la forma en que las empresas del sector se conectan a la red de la CFE, pues por su propia naturaleza sus flujos de energía eléctrica no son regulares ni constantes, lo cual puede originar problemas que afectan a todo el sistema.

La SCJN señaló que el acuerdo deja de lado completamente la condición de sustentabilidad, que al igual que las demás condiciones, resulta obligatoria en el sector energético, considerando, además, que ello impacta en el diverso derecho humano a un medio ambiente sano.

Otros temas de este acuerdo aún están pendientes de resolverse en la Corte, pues los gobiernos de los estados de Tamaulipas, Jalisco, Colima y Guanajuato promovieron sendas controversias que serán resueltas por el pleno de ministros en los meses próximos.

La secretaria de Energía, Rocío Nahle, externó en Twitter respeto a la decisión adoptada por la Corte. También respetamos la discusión y en su caso aprobación que la Cámara de Diputados realice sobre la iniciativa preferente que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso sobre la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, apuntó.

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Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

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