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SEGUNDA JORNADA POR LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA


 

 

José Antonio Román

Los antecedentes penales de todas las personas que hayan compurgado una pena o cumplido su sanción en prisión, independientemente de la gravedad del delito por el que se les condenó, deben cancelarse de oficio, señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual pidió cambios a la Ley Nacional de Ejecución Penal.

En un pronunciamiento sobre antecedentes penales, el organismo nacional advirtió que la obligación del Estado de garantizar el derecho a la reinserción social no concluye cuando la persona sale de la prisión, compurga una pena o cumple la sanción, sino que adquiere un nuevo sentido una vez que está fuera de ella.

Por ello, argumentó, en salvaguarda del principio pro persona, el Estado debe favorecer los derechos de aquellos que buscan una nueva oportunidad, garantizando la no discriminación y estigmatización de las personas que tras haber cumplido su pena puedan gozar plenamente de sus derechos fundamentales.

En el documento de 36 cuartillas, la CNDH destacó que al obtener la libertad, las personas que estuvieron presas comienzan un difícil proceso, el cual en muchos casos conlleva discriminación y exclusión, lo que implica señalamientos por esta condición, que de manera trascendental afecta no sólo a la persona liberada, sino también a su familia.

Esta situación se presenta también al requerir antecedentes penales relacionados con familiares directos o indirectos, y no sólo los propios, al momento de acceder a algún derecho, como suele suceder al solicitar el ingreso a un trabajo.

Se deben establecer protocolos para desindexar los datos sobre antecedentes penales de los motores de búsqueda públicos, a fin de limitar el acceso de éstos únicamente para fines estadísticos, de prevención e investigación de delitos, sin que puedan asociarse los datos personales o familiares con el individuo a quien se refiera, señala el documento de la CNDH.

Además, señaló que debe generarse la armonización normativa que brinde protección a los datos personales sensibles de las personas, a fin de que pueda asegurarse su derecho a la no discriminación y el derecho a contar con un proyecto de vida, el cual no se vea limitado sólo por tener antecedentes penales.

Incluso, citó varias resoluciones de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, particularmente a sus criterios relativos a la jurisprudencia sobre antecedentes penales, que señala que si una persona comete un ilícito no podría quedar marcado con el estigma de ser infractor el resto de su vida, porque ello obstaculizaría su reinserción social.

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Mtro. José María Gerardo Carmona Rocha Aspirante a Rector

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NUMERO 18 JUN-JUL 2023

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Jose María Carmona

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