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José María Carmona

Las posturas están fijadas en la Universidad Michoacana en relación al asunto del sistema de jubilaciones y pensiones, por su parte las autoridades universitarias han dicho que tendrán consecuencias nefastas en el mediano y largo plazo si no se encuentra una alternativa al problema.

A su vez los sindicatos nicolaitas son categóricos al defender un derecho adquirido por contratación colectiva y establecida en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la propia universidad; para ambo sindicatos el de profesores y el de empleados el consejo universitario no tiene atribución legal de tratar asuntos  laborales y que únicamente el representante legal de la universidad el que tiene la atribución de celebrar contratos y convenios en la materia, es decir el rector.

Por otra parte el déficit financiero no puede ser imputado aunque sea parcialmente a los jubilados y los pensionados porque va más allá del ámbito universitario y tiene que ver con la política de financiamiento del gobierno federal y estatal hacia las universidades públicas.

Además  del asunto de la austeridad y los recortes presupuestarios, así como el condicionamiento en función de la calidad de los programas educativos, que no es otra cosa que la variante de la reforma educativa.

Hoy los programas de posgrados están en riesgo ya que el Conacyt pretende disminuir considerablemente el número de becas en los posgrados.

Independientemente de que la sub Secretaria de Educación Media y Superior este condicionando el subsidio a la Universidad Michoacana al régimen de pensiones y jubilaciones para poder acceder a mayores recursos es necesario anteponer el principio de autonomía que significa la no violación de la obligación del Estado mexicano a otorgar el subsidio suficiente tanto a las universidades públicas del país como a la michoacana.

Tampoco, el Congreso local puede violentar la autonomía universitaria como ya lo hizo recortando en más de 400 millones de pesos el presupuesto a la universidad y condicionando la modificación al régimen de pensiones y jubilaciones.

Después de la postura de los sindicatos nicolaitas, prácticamente los foros para tratar el asunto de las jubilaciones y pensiones carecen de legitimidad y más que esto de representación, es por ello que la autoridad universitaria en particular el rector y el propio H. Consejo Universitario deben de reconsiderar su postura y abonar a la convergencia democrática bajo el entendido de que la cuestión laboral le compete únicamente a la relación bilateral del representante legal de la universidad de los sindicatos universitarios.

También, el tema de las jubilaciones y pensiones no es el único problema estructural de la Universidad Michoacana, tal como lo propone el Sindicato de Profesores; la institución necesita una reforma integral y de alto calado, que comprenda el asunto académico, administrativo, político y democrático.

 La elección de las autoridades universitarias en particular la del rector, debe de modificar, así como la estructura de funcionamiento académico y la representación en los órganos de gobierno de la propia universidad.

Por otra parte se tiene que tener un plan estratégico de desarrollo institucional para plantear y justificar el aumento del subsidio a la Casa de Hidalgo.

El tema de la extensión universitaria como un factor importante para impulsar el desarrollo de Michoacán y contribuir a resolver los problemas estructurales es otro tema que debe de estar en la agenda universitaria.

No se sabe si los foros para fortalecer el régimen de pensiones y jubilaciones convocado por el H. Consejo Universitario se llevaran a cabo, pero lo cierto es que no es la hora para las polarizaciones sino de respetar por parte de la autoridad universitaria la legalidad y tener sensibilidad política que abonen a la construcción de acuerdos rumbo a la reforma integral y democrática de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. La última palabra la tiene el rector y el H. Consejo Universitario. 

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