Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se deroga el artículo 16 del Reglamento de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, relacionado con el pago a militares en retiro. El decreto, en vigor desde hoy, indica que las erogaciones se realizarán con cargo al presupuesto autorizado para la Secretaría de la Defensa Nacional y para la Secretaría de Marina, según corresponda, por lo que no incrementarán su presupuesto regularizable, y no se autorizarán recursos adicionales para el ejercicio fiscal de que se trate.

 

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